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LA CUESTIÓN MALVINAS

Cuestión de las Islas Malvinas: la Argentina reafirma sus legítimos derechos de soberanía

El Gobierno y el Pueblo argentino reafirman una vez más, a 193 años de la ilegítima ocupación de las Islas Malvinas, sus legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.

El 3 de enero de 1833, fuerzas del Reino Unido ocuparon las Islas Malvinas, quebrantando la integridad territorial de nuestro país y desalojando a las autoridades y a la población argentinas legítimamente establecidas, sustituyéndolas por súbditos británicos. Este acto, realizado en tiempo de paz y contrario al derecho internacional, nunca fue consentido por la República Argentina, que formuló protestas diplomáticas inmediatas y sostenidas hasta el presente.

La disputa de soberanía fue reconocida por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la resolución 2065 (XX), que instó a la Argentina y al Reino Unido a resolverla por la vía de las negociaciones bilaterales, sin que resulte aplicable el principio de libre determinación. Este llamado ha sido reiterado por numerosos foros internacionales y regionales.

Asimismo, este año se cumplirá el 50° aniversario de la adopción por parte de la Asamblea General de la resolución 31/49, que insta a las dos partes a abstenerse de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en esta situación.

Sin embargo, el Reino Unido persiste en su negativa a negociar y en la realización de actos unilaterales en la zona en disputa. Tales actos incluyen el otorgamiento ilegal e ilegítimo de licencias para la explotación de recursos naturales: pesca e hidrocarburos.

El Gobierno argentino expresa nuevamente su más enérgico rechazo a las actividades unilaterales en áreas bajo disputa de soberanía llevadas a cabo por el Reino Unido, y reserva sus derechos para ejercer plenamente las acciones disponibles para impedir el desarrollo de las mismas, proteger sus recursos naturales y salvaguardar sus derechos soberanos.

La República Argentina manifiesta una vez más su disposición a reanudar las negociaciones bilaterales con el Reino Unido que permitan encontrar una solución pacífica a esta disputa de soberanía y dar fin a la situación colonial especial y particular de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.

Buenos Aires, 3 de enero de 2026

 

 

A 60 años de la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General sobre la Cuestión Malvinas

El 16 de diciembre de 2025 se cumplieron sesenta años de la adopción de la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, un hito que continúa marcando la forma en que la comunidad internacional aborda la Cuestión de las Islas Malvinas. No se trata sólo de un aniversario: es la reafirmación de un compromiso sostenido con la descolonización y con la solución pacífica de controversias.

El proceso de descolonización –del cual la República Argentina ha sido un firme promotor desde la creación de la Organización de las Naciones Unidas– constituye uno de los mayores logros del sistema multilateral. Sin embargo, sigue siendo una tarea inconclusa. Persisten hoy 17 Territorios No Autónomos pendientes de descolonización, cada uno a ser examinado caso por caso, conforme a las resoluciones pertinentes de la Organización. Entre esos territorios se encuentran tanto las Islas Malvinas como Gibraltar.

La situación de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes no interpela únicamente a la Argentina: compromete a toda la comunidad internacional. Desde los albores de su vida independiente, la Argentina ejerció de forma efectiva sus derechos de soberanía sobre esos archipiélagos y espacios marítimos, como heredera de las posesiones españolas en América del Sur. Sin embargo, el 3 de enero de 1833, el Reino Unido ocupó por la fuerza las Islas Malvinas, desalojando a las autoridades y población argentinas y sustituyéndolas por súbditos británicos. Este acto de fuerza, ejecutado en tiempos de paz, fue contrario al derecho internacional de la época y nunca contó con el consentimiento del Gobierno argentino, que protestó desde el primer momento. Desde entonces, todos los gobiernos argentinos han reafirmado la legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.

La Resolución 2065 (XX) de 1965 fue la primera en abordar específicamente la Cuestión Malvinas. Fue adoptada por abrumadora mayoría y sin votos en contra, contando con el apoyo afirmativo de España, gesto que la Argentina valora profundamente. Esa resolución estableció con claridad los elementos centrales que encuadran la Cuestión: reconoce que se trata de una de las formas de colonialismo al que debe ponerse fin; toma nota de la existencia de una disputa de soberanía entre los gobiernos argentino y británico; e invita a las dos partes en la disputa (la Argentina y el Reino Unido) a proseguir sin demora las negociaciones a fin de encontrar una solución pacífica al problema.

Desde entonces, el Comité Especial de Descolonización reafirma anualmente el carácter “especial y particular” de la Cuestión Malvinas, dada la inaplicabilidad del principio de libre determinación, en tanto colisiona con el principio de integridad territorial consagrado en la Carta de las Naciones Unidas y la propia Resolución 1514 (XV). Esta inaplicabilidad ha sido reconocida por las Naciones Unidas tanto para la Cuestión Malvinas como para Gibraltar, tal como reflejan numerosos llamamientos de la Organización.

Dicha inaplicabilidad es una de las similitudes existentes entre las Islas Malvinas y Gibraltar, reconocida por las Naciones Unidas en numerosos llamamientos.

En este sentido, la población actual de las islas no es considerada un “pueblo” por las resoluciones de Naciones Unidas, al tratarse de una población británica trasplantada tras la ocupación de 1833. Ello no supone en absoluto desatender los intereses, el bienestar y el modo de vida de los habitantes de las islas. Por el contrario, la República Argentina ha sostenido siempre una actitud constructiva hacia ellos, tal como lo consagra nuestra Constitución Nacional y la propia Resolución 2065 (XX). Las negociaciones argentino-británicas de soberanía entre 1966 y 1982, consecuencia directa de esa resolución, sustentan esta afirmación.

Desde el inicio, la República Argentina dio garantías de un régimen de salvaguardias especiales para la población de las islas, y se implementaron una serie de medidas prácticas que mejoraron las condiciones de vida y estrecharon los lazos entre el continente y las islas. Posteriormente, las negociaciones se vieron interrumpidas a pesar de que la propia Asamblea General, por medio de la Resolución 37/9 del 4 de noviembre de 1982, haya dejado en claro que el conflicto de 1982 no modificó la naturaleza de la controversia de soberanía, debiendo resolverse a través de negociaciones.

En esta misma línea, la Corte Internacional de Justicia, en su Opinión Consultiva sobre las consecuencias jurídicas de la separación del Archipiélago de Chagos de Mauricio en 1965, afirmó que corresponde a la Asamblea General determinar cómo y cuándo se ha descolonizado un Territorio No Autónomo. En el caso de las Islas Malvinas, fue precisamente la Asamblea General la que definió hace seis décadas mediante la Resolución 2065 (XX) que dicho modo debe ser por medio de negociaciones entre la Argentina y el Reino Unido.

La comunidad internacional mantiene desde entonces un firme respaldo a la Argentina. Tanto la Asamblea General como el Comité Especial de Descolonización —cuya última resolución fue adoptada el 18 de junio de 2025—, junto con numerosas declaraciones de foros regionales y multilaterales, exhortan a las partes a reanudar las negociaciones de soberanía. A pesar de este consenso, el Reino Unido continúa rechazando ese camino y prosigue con actividades unilaterales de exploración y explotación de recursos naturales en espacios marítimos argentinos ocupados ilegalmente, en abierta contradicción con el derecho internacional y con la Resolución 31/49 de la Asamblea General.

Recordar la Resolución 2065 es recordar que la comunidad internacional ya definió la vía para resolver esta controversia: negociaciones bilaterales que permitan poner fin a una situación colonial aún pendiente. La Argentina reafirma su voluntad plena de reanudar ese diálogo con el Reino Unido y valora la misión de buenos oficios que la Asamblea General ha confiado al Secretario General de la ONU.

A sesenta años de aquella decisión histórica, la Argentina renueva su compromiso con una solución pacífica, negociada y conforme al derecho internacional. Y agradece, una vez más, el compromiso de España con este camino y con la vigencia de los principios fundamentales de la comunidad internacional.

 

 

 

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El pasado 10 de junio de 2025, conmemoramos el 196° aniversario de la creación de la Comandancia Política y Militar de las Islas Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos por parte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

El 10 de junio de 1829, mediante un decreto firmado por el entonces Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Martín Rodríguez, se dispuso que: "Las islas Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos en el mar Atlántico serán regidas por un Comandante Político y Militar nombrado inmediatamente por el Gobierno de la República". Las autoridades argentinas de la época establecieron así una estructura de gobierno, al frente de la cual se designó a D. Luis Vernet, quien se instaló en las islas y ejerció públicamente su autoridad y jurisdicción.

En su condición de heredera de los títulos de España por sucesión de Estados, conforme el principio de uti possidetis iuris, desde el comienzo del proceso emancipatorio en 1810, la Argentina ejerció de manera permanente y pública  sus derechos sobre los archipiélagos del Atlántico Sur.

Los primeros gobiernos patrios argentinos tuvieron en cuenta en diversos actos administrativos a las Malvinas, a las que consideraron parte integrante del territorio nacional. El 6 de noviembre de 1820, el Coronel de la Armada Argentina David Jewett tomó posesión de las Islas Malvinas en nombre de las Provincias Unidas del Río de la Plata, izando la bandera argentina por primera vez. El gobierno argentino procedió también al dictado de normas y al establecimiento de las estructuras jurídicas y administrativas que consolidaron el ejercicio pleno de su soberanía, incluyendo el fomento al desarrollo de actividades comerciales y el establecimiento de población, culminando en la creación, el 10 de junio de 1829, de la Comandancia Política y Militar de las Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos.

Sin embargo, el 3 de enero de 1833 dicho ejercicio efectivo de la soberanía fue interrumpido mediante un acto de fuerza por parte del Reino Unido, mediante el cual ocupó ilegalmente las islas, expulsando a las legítimas autoridades argentinas allí asentadas y a la población existente. Mediante ese acto, realizado en tiempos de paz y contrario al derecho internacional de la época, se quebró la integridad territorial de la Argentina, una situación inmediatamente rechazada y protestada, la cual ningún Gobierno argentino ha consentido en más de 192 años.

Desde entonces, existe una disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, tal como fuera reconocido por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la resolución 2065 (XX) adoptada en 1965. Es por ello que las Naciones Unidas han dispuesto que la manera de poner fin a la especial y particular situación colonial en la cuestión de las Islas Malvinas sea la solución pacífica y negociada de la controversia entre ambos países.

En cumplimiento de la mencionada resolución, desde 1966 y durante 16 años, ambos países llevaron a cabo negociaciones para alcanzar una solución a la disputa de soberanía. No obstante, y pese a las innumerables invitaciones de la Argentina y a la exhortación de las Naciones Unidas, el Reino Unido se niega de manera sistemática a retomar las negociaciones de soberanía.

A su vez, la comunidad internacional ha reiterado la necesidad de reanudar las negociaciones bilaterales a la brevedad posible, lo que fue expresado en 10 resoluciones de la Asamblea General y en numerosas resoluciones del Comité Especial de Descolonización de las Naciones Unidas, así como en diversas declaraciones de foros regionales y multilaterales, tales como la Organización de los Estados Americanos (OEA) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), entre otras.

Nuestro país ha mantenido y mantiene una actitud constructiva respecto de los habitantes de las islas, teniendo en cuenta sus intereses y respetando su modo de vida, conforme la Disposición Transitoria Primera de nuestra Constitución Nacional donde se establece que  la recuperación del ejercicio efectivo de nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes es un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.

En este marco, el Gobierno argentino desea mantener una relación constructiva con el Reino Unido que contemple un diálogo sustantivo que incluya a las negociaciones de soberanía y todo el resto de temas de interés común, en el marco del mandato de nuestra Constitución Nacional y de la resolución de la Asamblea General 2065 (XX) y otras resoluciones de Naciones Unidas.

Este año 2025, conmemoramos también el 60° aniversario de la Resolución 2065 (XX) de las Naciones Unidas, y el Gobierno argentino reitera su convicción de que el único camino posible para la recuperación del ejercicio de sus legítimos derechos soberanos es el de la vía diplomática. Reitera asimismo su interés en la misión de buenos oficios encomendada por la Asamblea General al Secretario General de las Naciones Unidas con el objeto de ayudar a las partes a reanudar las negociaciones con el fin de encontrar lo más pronto posible una solución pacífica a la disputa de soberanía sobre la cuestión de las Islas Malvinas.

En esta fecha siempre trascendente para todos los argentinos, reafirmamos una vez más nuestros derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, por ser todos ellos parte integrante de nuestro territorio nacional.

Mapa Bicontinental de la República Argentina ( Ley N° 26.651 )

 

 

 

Fecha de actualización: 08/01/2026